El martes 19 de agosto, la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá resolvió “amparar el derecho fundamental a la libertad individual del ciudadano Álvaro Uribe Vélez”, medida que regirá mientras se define en segunda instancia el fallo condenatorio en su contra.
La determinación, que tiene un impacto político y jurídico de alto nivel, no solo modifica la situación procesal del expresidente, sino que también reabre el debate sobre la judicialización de líderes políticos en Colombia.
Dicho fallo se dio luego de lo resuelto por Sandra Liliana Heredia Arandia, la jueza 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento que se hizo famosa en todo el país por cuenta de la diligencia judicial que presidió, y que la hizo ganarse el amor y el odio de miles de ciudadanos en todo el país, por cuenta de ser la persona encargada de condenar por primera vez a un presidente en Colombia.
En uno de los apartados del documento se detalló: “Los criterios utilizados para justificar la necesidad de la medida fueron vagos, indeterminados e imprecisos, como la percepción ciudadana, el efecto ejemplarizante, la convivencia pacífica y el orden social, los cuales resultan desatinados porque la naturaleza de las conductas enrostradas, al parecer, afectaron a sujetos específicos, no en abstracto al conglomerado social. Por lo mismo, es ininteligible por qué esta privación de la libertad es necesaria para la convivencia pacífica y el orden social”.







