Su marca tiene valor jurídico, pero solo si la registra

El auge del oriente antioqueño en cuanto al ejercicio del comercio es hoy innegable. La actividad empresarial en municipios como Marinilla, Rionegro y La Ceja representa una importante fuente de desarrollo y superación para cada uno de los orientales. Sin embargo, gran parte de dicho ejercicio se lleva a cabo bajo esquemas de informalidad, en los que la falta de protección jurídica de los bienes y servicios ofrecidos parece ser la regla general.

Para mitigar lo anterior, el mecanismo legal adecuado es el registro de marca. Por medio de este, el empresario o comerciante identifica sus productos y servicios frente a los de los competidores, permitiendo al consumidor tomar una decisión informada sobre el origen de lo adquirido. El concepto de marca goza de gran amplitud, pues abarca el nombre comercial, el logo, el lema o cualquier otro signo distintivo de los bienes o servicios que el titular de un negocio ofrezca al mercado.

Dicho procedimiento se realiza ante la Superintendencia de Industria y Comercio, que es la institución encargada de otorgar dicha acreditación. Esto desmiente el mito extendido entre algunos comerciantes, quienes creen que por tener su negocio registrado en la Cámara de Comercio están protegiendo su marca. Lo cual es incorrecto, ya que esta última solo formaliza la existencia del negocio, mas no protege el uso exclusivo de la marca.

Registrar la marca otorga un derecho exclusivo en el mercado sobre lo registrado, lo que significa que, si otra persona la usa sin autorización, el titular puede ejercer acciones legales de protección. Además, un beneficio evidente de registrar la marca es la seriedad y credibilidad que esto genera frente al consumidor, quien, al identificar el signo distintivo, asocia el negocio con responsabilidad y formalización, generando así una mayor confianza en el mercado. Otro beneficio, estrechamente ligado con la formalización, es la posibilidad que se abre al titular de la marca de constituir franquicias, acceder a alianzas estratégicas con grandes empresas y aumentar la viabilidad de ingresar al mercado electrónico.

Ahora bien, uno de los riesgos más relevantes que representa para los emprendedores la falta de registro de su marca es la pérdida del uso exclusivo de la misma. Esto podría permitir que un tercero, al evidenciar el éxito del negocio y notar que su marca no se encuentra registrada, utilice de manera idéntica el signo distintivo que representa dicha empresa y lo registre como propio, sin que el titular original tenga un mecanismo eficaz para defender su uso. Incluso, ese tercero podría forzarlo jurídicamente a cambiar completamente la marca, el logo o cualquier otro signo distintivo, según el caso.

En un entorno tan comercial como el del oriente antioqueño, donde muchos emprendedores logran reconocimiento por la calidad de los bienes o servicios que ofrecen, resulta indispensable respaldar dicho reconocimiento mediante los mecanismos jurídicos pertinentes. Sin duda, registrar la marca, más que un gasto, es una inversión a corto, mediano o largo plazo que fortalece la identidad y el futuro del negocio.

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